BASES CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DIRECTIVA AEDM 2012
PRIMERO. Tras un período de mandato de ocho años bajo la actual Presidencia y su equipo de gobierno, elegidos en las Asambleas de 29 de junio de 2004 y 13 de junio de 2008, de conformidad con el art. 15.4 de los Estatutos procede la convocatoria de nuevas elecciones a Junta Directiva.
SEGUNDO. Siguiendo el punto 4º del Orden del Día esta Asamblea General Ordinaria de 26 de marzo de 2012 somete a aprobación de los socios la Convocatoria de Elecciones a Junta Directiva para el período 2012-2016, de conformidad con a los Estatutos de la Asociación y, en particular, con las siguientes
BASES:
Primera. La celebración de las Elecciones tendrá lugar en Asamblea General Extraordinaria de la AEDM, en el Aula 2 del Centro de Estudios del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid ICAM), Serrano, nº 11, 1ª planta, 28001 Madrid, el 9 de julio de 2012, a las 19:00 horas, en primera convocatoria y a las 20:00 horas, segunda convocatoria.
Segunda.- Las candidaturas deberán comunicar a la actual Junta Directiva, por un medio fehaciente que deje constancia de su recibo por parte de esta última, ya sea al Presidente o al Secretario General, la identidad y cargo de los miembros que la componen, así como los puntos esenciales de su Programa, con un breve comentario explicativo del mismo.
Tercera.- La anterior comunicación deberá efectuarse hasta el 8 de junio de 2012.
Cuarta.- Las candidaturas deberán estar integradas por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario General, un Tesorero y cuatro vocales. Las candidaturas deberán ser completas, de socios y con cargo gratuito (art. 15 de los Estatutos). En caso de un puesto vacante o sin designación la candidatura será invalidada.
Quinta.- Los candidatos deberán estar al corriente en el pago de las cuotas a la Asociación y, en su caso, al CMI (art. 15).
Sexta.- La actual Junta Directiva examinará el cumplimiento de los anteriores requisitos por parte de las candidaturas y comunicará, en su caso, las deficiencias que deban subsanarse. Además, dará la debida difusión, entre los asociados, de las candidaturas presentadas que cumplan los requisitos para su admisión, así como sus correspondientes programas, con la finalidad de que los asociados puedan tener conocimiento exacto de tales extremos con suficiente antelación al momento de emitir su voto.
Séptima.- La Asamblea tendrá en cuenta que en el seno de la Junta se encuentren debidamente representados los diversos sectores relacionados con las actividades marítimas (art. 15).
Octava- Una vez concluidas las intervenciones en defensa de las respectivas candidaturas, se pasará a la votación secreta de las mismas. El socio de más edad y el de menor edad entre los presentes, que no formen parte de las candidaturas, serán designados para vigilar el escrutinio y comprobar que los asociados tienen derecho a voto. Sólo tendrán derecho a voto los asociados que estén al corriente de pago de las cuotas a la Asociación. Resultará elegida aquella candidatura que obtenga mayor número de votos, entre presentes y representados en la Asamblea. A tal efecto, cada asociado podrá ostentar un máximo de tres representaciones (Art. 14.3). Finalmente, la Presidencia de la Mesa leerá el resultado de las elecciones y quedará proclamada la nueva Junta Directiva.
Madrid, a 26/03/2012
FRANCISCO CARLOS LÓPEZ RUEDA
Secretario General AEDM